Reglamentan ley que amplía el plazo de ejecución del pama de minera Doe Run
Reglamentan ley que amplía el plazo de ejecución del pama de minera Doe Run

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) reglamentó la Ley 29410 que amplía el plazo a 30 meses a la empresa Doe Run Perú para que cumpla con el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) en el Complejo Metalúrgico de La Oroya.

Indica que Doe Run contará con un plazo máximo de diez meses improrrogables para la obtención del financiamiento del proyecto “Planta de Acido Sulfúrico y Modificación del Circuito de Cobre” y para el reinicio de las operaciones del Complejo Metalúrgico de La Oroya.

A partir del vencimiento del plazo máximo de 10 meses, la empresa tiene un máximo de 2 meses para renegociar y removilizar contratistas y 12 meses más para la construcción del proyecto. Tras lo cual Doe Run, contará con un plazo de hasta seis meses para la puesta en marcha del proyecto ambiental.

Se dispone también que los recursos para la ejecución del proyecto se canalicen exclusivamente a través de un fideicomiso, para lo cual el cien por ciento, de todos los ingresos brutos que obtenga Doe Run como consecuencia de los contratos de venta de metales y operaciones serán canalizados al fideicomiso. El fideicomiso garantizará en forma permanente los recursos necesarios para solventar por lo menos tres meses de la ejecución de las obras y será permanentemente auditado.

A fin de asegurar el cumplimiento de la ejecución del proyecto, Doe Run deberá otorgar garantías reales por un monto equivalente al 100% del presupuesto del Proyecto, además deberá mantener las cartas fianzas que se establecieron en cumplimiento del Decreto Supremo N° 046-2004-EM. Estas garantías deberán mantenerse vigentes hasta el total e integro cumplimiento de las obligaciones de Doe Run con respecto a la construcción y puesta en marcha del proyecto y se emita la conformidad por la autoridad minera.

El reglamento señala que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) se encargará de supervisar la correcta ejecución del proyecto. Asimismo una empresa auditora independiente verificará periódicamente la situación financiera de la empresa.

Finalmente, el reglamento establece las sanciones por incumplimiento de los plazos y obligaciones establecidos en la Ley N° 29410 y en su reglamento; señalándose en las disposiciones complementarias que dichas sanciones, no la eximen de las responsabilidades civiles y penales por los daños causados al medio ambiente de acuerdo con las normas legales.

Fuente: www.rumbominero.com

29/10/2009
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